Art. 1

En vigor desde 19 ago 2025
Artículo 1 La medida adoptada por Francia, a través de su autoridad de vigilancia del mercado competente, la Agence Nationale des Fréquences, notificada el 5 de octubre de 2023, de conformidad con el artículo 40, apartado 4, de la Directiva 2014/53/UE, a través del sistema de información y comunicación a que se refiere el artículo 34, apartado 1, del Reglamento (UE) 2019/1020 («ICSMS») (25), para retirar del mercado el iPhone 12 A2403, fabricado por Apple Inc., está justificada.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli:dec_impl:2025:1760:oj#art-1

Volver a la ficha de la norma
Inicio
Buscar
Mis Consultas
Tienda
Perfil