Art. 1

En vigor desde 2 jun 2025
Artículo 1 El Ministerio de Sanidad de la República Checa podrá ampliar hasta el 2 de octubre de 2026 la duración de la medida que permite la comercialización y el uso del biocida Tandem para el control de la plaga de chinches de cama en los dormitorios de la Administración de Instalaciones de Servicio de la CTU, en Strahov, siempre que garantice que solo utilizarán el producto los profesionales cualificados del operador designado en el permiso temporal y únicamente dentro de los locales determinados.
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