Art. 2

En vigor desde 12 may 2025
Artículo 2 La Comisión, en nombre de la Unión, procederá a la notificación prevista en el artículo 20 del Protocolo a efectos de expresar el consentimiento de la Unión en obligarse por el Protocolo (5).
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eli:dec:2025:961:oj#art-2

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