Art. 1
Establecimiento, objetivos, alcance y duración
En vigor desde 24 mar 2025
Artículo 1
Establecimiento, objetivos, alcance y duración
1. Se establece una medida de asistencia en favor de Mauritania (en lo sucesivo, «beneficiario»), que se financiará con cargo al Fondo Europeo de Apoyo a la Paz (FEAP) (en lo sucesivo, «medida de asistencia»).
2. Los objetivos de la medida de asistencia son los siguientes:
a)
reforzar las capacidades de las Fuerzas Armadas de Mauritania en sus componentes terrestre y marítimo, a fin de garantizar la seguridad del país y de la región;
b)
apoyar el refuerzo de las actividades de vigilancia de Mauritania en su territorio nacional y en su zona marítima;
c)
proteger mejor a la población civil.
3. Para alcanzar los objetivos establecidos en el apartado 2, la medida de asistencia financiará los siguientes tipos de equipos no diseñados para producir efectos letales:
a)
bienes de vigilancia móvil;
b)
una lancha patrullera.
La medida de asistencia también financiará los suministros y servicios conexos, incluida la formación técnica, cuando sea necesario.
4. La duración de la medida de asistencia será de treinta y seis meses a partir de la fecha de adopción de la presente Decisión.
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