Art. 1

Establecimiento, objetivos, alcance y duración

En vigor desde 24 mar 2025
Artículo 1 Establecimiento, objetivos, alcance y duración 1.   Se establece una medida de asistencia en favor de Mauritania (en lo sucesivo, «beneficiario»), que se financiará con cargo al Fondo Europeo de Apoyo a la Paz (FEAP) (en lo sucesivo, «medida de asistencia»). 2.   Los objetivos de la medida de asistencia son los siguientes: a) reforzar las capacidades de las Fuerzas Armadas de Mauritania en sus componentes terrestre y marítimo, a fin de garantizar la seguridad del país y de la región; b) apoyar el refuerzo de las actividades de vigilancia de Mauritania en su territorio nacional y en su zona marítima; c) proteger mejor a la población civil. 3.   Para alcanzar los objetivos establecidos en el apartado 2, la medida de asistencia financiará los siguientes tipos de equipos no diseñados para producir efectos letales: a) bienes de vigilancia móvil; b) una lancha patrullera. La medida de asistencia también financiará los suministros y servicios conexos, incluida la formación técnica, cuando sea necesario. 4.   La duración de la medida de asistencia será de treinta y seis meses a partir de la fecha de adopción de la presente Decisión.
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