Art. 3

En vigor desde 12 mar 2025
Artículo 3 Cuando se expida una autorización de vehículo de cualquiera de los seis vehículos mencionados en el artículo 1 de conformidad con la presente Decisión, dicha autorización de vehículo será válida, como máximo, hasta el 1 de julio de 2028.
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