Art. 2
En vigor desde 6 mar 2025
Artículo 2
Sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 1, la Directiva 2014/25/UE no se aplicará a la adjudicación por parte de Norther, las demás filiales de Nethys y Ørsted de contratos destinados a hacer posible las actividades de generación y venta al por mayor de electricidad en Bélgica. La Directiva 2014/25/UE seguirá aplicándose a la adjudicación de contratos por otras entidades adjudicadoras con el fin de posibilitar las actividades de generación y venta al por mayor de electricidad en Bélgica.
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