Art. 1
En vigor desde 21 feb 2025
Artículo 1
La Decisión de Ejecución (UE, Euratom) 2023/2825 se modifica como sigue:
1)
En el artículo 2 se añadirá el punto 17) siguiente:
«17)
«asignación mediante subastas no competitivas»: el proceso de emisión mediante el cual los importes de los valores de deuda de la Unión y de Euratom adicionales a los importes subastados se asignan a los miembros de la red de operadores primarios establecida en virtud de la Decisión (UE) 2023/1602 de la Comisión (*1) que participan en la subasta sobre la base de un precio determinado, en un plazo determinado tras una subasta y utilizando, según proceda, una plataforma de subastas para llevar a cabo la asignación.
(*1) Decisión de Ejecución (UE) 2023/1602 de la Comisión, de 31 de julio de 2023, relativa a la creación de la red de operadores primarios y a la definición de los criterios de admisibilidad para los mandatos de liderazgo y coliderazgo de operaciones sindicadas a efectos de las actividades de empréstito de la Comisión en nombre de la Unión y de la Comunidad Europea de la Energía Atómica (DO L 196 de 4.8.2023, p. 44, ELI: http://data.europa.eu/eli/dec_impl/2023/1602/oj).»."
2)
En el artículo 4, apartado 2, el párrafo segundo se sustituye por el texto siguiente:
«Al establecer el plan de financiación, se tendrá debidamente en cuenta el dictamen del gestor de riesgos a que se refiere el artículo 6, letra b) de la Decisión (UE, Euratom) 2025/369 (*2) de la Comisión.
(*2) Decisión (UE, Euratom) 2025/369 de la Comisión, de 21 de febrero de 2025, por la que se establece la función de gestor de riesgos que supervisa los riesgos financieros derivados de las operaciones financieras de la Unión (DO L, 2025/369, 25.2.2025, ELI: http://data.europa.eu/eli/dec/impl/2025/369/oj).»."
3)
En el artículo 7, apartado 1, la letra c) se sustituye por el texto siguiente:
«c)
las operaciones de empréstito podrán organizarse a través de una combinación de operaciones sindicadas, subastas, asignaciones mediante subastas no competitivas y colocaciones privadas, en todos los casos recurriendo a los servicios de entidades de crédito y empresas de inversión que sean miembros de la red de operadores primarios establecida en virtud de la Decisión de Ejecución (UE) 2023/1602 de la Comisión;».
4)
En el artículo 8, apartado 4, la primera frase se sustituye por el texto siguiente:
«Al establecer o modificar la estrategia de gestión de la liquidez, se tendrá debidamente en cuenta el dictamen del gestor de riesgos a que se refiere el artículo 6, letra c) de la Decisión (UE, Euratom) 2025/369 de la Comisión.».
5)
En el artículo 12, apartado 2, las letras c) y d) se sustituyen por el texto siguiente:
«c)
establecer disposiciones y normas para la organización de subastas, asignaciones mediante subastas no competitivas, incluidos los acuerdos con proveedores externos de sistemas y la supervisión constante de la ejecución de las subastas;
d)
realizar operaciones individuales de empréstito a través de operaciones sindicadas, subastas, asignaciones mediante subastas no competitivas y colocaciones privadas;».
6)
El artículo 18 se sustituye por el texto siguiente:
«La gestión del riesgo financiero de las operaciones de empréstito, gestión de la deuda, gestión de la liquidez y préstamo se regirá por la Decisión (UE, Euratom) 2025/369.».
7)
Se suprime el artículo 19.
8)
Se suprimen los artículos 20 y 21.
9)
Se suprimen los artículos 22 y 23.
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
Tus anotaciones
Proeli:dec_impl:2025:363:oj#art-1