Art. 2
En vigor desde 18 feb 2025
Artículo 2
La Comisión procederá, en nombre de la Unión, a efectuar la notificación prevista en el artículo 22, apartado 1, del Acuerdo, a efectos de expresar el consentimiento de la Unión en quedar vinculada por el Acuerdo (6).
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