Art. 1
En vigor desde 27 ene 2025
Artículo 1
Se autoriza la firma, en nombre de la Unión, del Acuerdo entre la Unión Europea y Bosnia y Herzegovina en lo que respecta a las actividades operativas efectuadas por la Agencia Europea de la Guardia de Fronteras y Costas en Bosnia y Herzegovina (en lo sucesivo, «Acuerdo»), a reserva de la celebración de dicho Acuerdo.
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