Art. 48.tit_1
Continuidad de la actividad y servicios de permanencia
En vigor desde 4 dic 2024
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
Tus anotaciones
Proeli:dec:2024:3080:oj#art-48.tit_1
Continuidad de la actividad y servicios de permanencia
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
eli:dec:2024:3080:oj#art-48.tit_1