Art. 1
En vigor desde 2 dic 2024
Artículo 1
La Decisión (PESC) 2020/1999 se modifica como sigue:
1)
En el artículo 10, el apartado 1 se sustituye por el texto siguiente:
«1. La presente Decisión será aplicable hasta el 8 de diciembre de 2026 y estará sujeta a revisión continua. Las medidas establecidas en los artículos 2 y 3 se aplicarán hasta el 8 de diciembre de 2025 a las personas físicas o jurídicas, entidades y organismos enumerados en el anexo.».
2)
El anexo se modifica con arreglo a lo dispuesto en el anexo de la presente Decisión.
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
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Proeli:dec:2024:3004:oj#art-1