Art. 1

En vigor desde 29 nov 2024
Artículo 1 La Directiva 2014/25/UE no se aplicará a la adjudicación de contratos por las entidades adjudicadoras con el fin de posibilitar la realización en Eslovaquia de las actividades siguientes: — Servicios nacionales de paquetería — Servicios internacionales de paquetería estándar — Servicios internacionales de paquetería urgente — Servicios nacionales de mensajería — Servicios nacionales de distribución de correo sin destinatario
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