Art. 1

En vigor desde 21 nov 2024
Artículo 1 La posición que debe adoptarse, en nombre de la Unión, en la próxima reunión del Comité mixto creado por el Acuerdo Euromediterráneo interino de asociación en materia de comercio y cooperación entre la Comunidad Europea, por una parte, y la Organización para la Liberación de Palestina (OLP), actuando por cuenta de la Autoridad Palestina de Cisjordania y la Franja de Gaza, por otra (en lo sucesivo, «Acuerdo»), sobre la adopción de una decisión relativa a la modificación del Protocolo n.o 3 del Acuerdo por lo que respecta a la permeabilidad entre el Convenio regional sobre las normas de origen preferenciales paneuromediterráneas, por una parte, y las normas de origen transitorias incluidas en el apéndice A del Protocolo n.o 3 del Acuerdo, por otra parte, se basará en el proyecto de decisión del Comité mixto adjunto a la presente Decisión.
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