Art. 1

Definiciones

En vigor desde 14 nov 2024
Artículo 1 Definiciones 1.   Los términos definidos en el artículo 1 de la Orientación (UE) 2024/2941(BCE/2024/31) tendrán igual significado cuando se empleen en la presente Decisión. 2.   Otros términos técnicos empleados en la presente Decisión tendrán el significado establecido en el anexo II de la Orientación (UE) 2024/2941 (BCE/2024/31).
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eli:dec:2024:2938:oj#art-1

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