Art. 1

Establecimiento, objetivos, alcance y duración

En vigor desde 5 nov 2024
Artículo 1 Establecimiento, objetivos, alcance y duración 1.   Se establece una medida de asistencia en favor de la República Árabe de Egipto (en lo sucesivo, «beneficiario»), que se financiará con cargo al Fondo Europeo de Apoyo a la Paz (FEAP) (en lo sucesivo, «medida de asistencia»). 2.   La medida de asistencia tiene como objetivo contribuir al refuerzo de las capacidades de las Fuerzas Armadas egipcias para aumentar la seguridad nacional y la estabilidad de la República Árabe de Egipto y para mejorar la protección de la población civil. La medida de asistencia permitirá a las Fuerzas Armadas egipcias fortalecer sus capacidades de control territorial y responder mejor a las amenazas para la seguridad en todo el territorio egipcio, en especial en la región occidental. 3.   Para lograr el objetivo establecido en el apartado 2, la medida de asistencia financiará los siguientes tipos de equipos no diseñados para producir efectos letales: a) vehículos blindados ligeros de patrulla; b) sistemas de vehículos aéreos no tripulados de pequeño tamaño; c) radares móviles y ligeros, y d) gafas de visión nocturna. La medida de asistencia financiará asimismo los suministros y servicios conexos, en particular la formación técnica, en caso necesario. 4.   La duración de la medida de asistencia será de treinta y seis meses a partir de la fecha de adopción de la presente Decisión.
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