Art. 2
En vigor desde 31 oct 2024
Artículo 2
La destinataria de la presente Decisión será la República Francesa.
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
Tus anotaciones
Proeli:dec:2025:892:oj#art-2
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
eli:dec:2025:892:oj#art-2