Art. 3
Medidas en la zona restringida
En vigor desde 29 jul 2024
Artículo 3
Medidas en la zona restringida
Quedan prohibidos los desplazamientos de ovinos y caprinos desde las zonas de protección y de vigilancia y la zona restringida adicional hasta un destino situado fuera del perímetro exterior de la zona restringida adicional, establecida en la letra B del anexo de la presente Decisión, hasta las fechas indicadas para cada zona en dicho anexo.
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