Art. 1
Representante especial de la Unión Europea
En vigor desde 26 jul 2024
Artículo 1
La Decisión (PESC) 2020/489 se modifica como sigue:
1)
El artículo 1 se sustituye por el texto siguiente:
«Artículo 1
Representante especial de la Unión Europea
Se nombra a D. Miroslav LAJČÁK representante especial de la Unión Europea (REUE) para el Diálogo Belgrado Pristina y otros asuntos regionales de los Balcanes Occidentales para el período comprendido entre el 2 de abril de 2020 y el 31 de marzo de 2021.
Se prorroga hasta el 31 de agosto de 2022 el mandato de D. Miroslav LAJČÁK como REUE para el Diálogo Belgrado Pristina y otros asuntos regionales de los Balcanes Occidentales.
Se prorroga hasta el 31 de agosto de 2024 el mandato de D. Miroslav LAJČÁK como REUE para el Diálogo Belgrado Pristina y otros asuntos regionales de los Balcanes Occidentales.
Se prorroga hasta el 31 de enero de 2025 el mandato de D. Miroslav LAJČÁK como REUE para el Diálogo Belgrado Pristina y otros asuntos regionales de los Balcanes Occidentales.
El mandato del REUE podrá prorrogarse, o terminar de manera anticipada, si así lo decidiera el Consejo, sobre la base de una evaluación del Comité Político y de Seguridad (CPS) y a propuesta del Alto Representante de la Unión para Asuntos Exteriores y Política de Seguridad (en lo sucesivo, “Alto Representante”).».
2)
En el artículo 5, apartado 1, el párrafo tercero se sustituye por el texto siguiente:
«El importe de referencia financiera destinado a cubrir los gastos relacionados con el mandato del REUE en el período comprendido entre el 1 de septiembre de 2022 y el 31 de enero de 2025 será de 6 650 000 EUR.».
3)
En el artículo 13, la segunda frase se sustituye por el texto siguiente:
«El REUE presentará al Consejo, al Alto Representante y a la Comisión informes periódicos de situación y un informe global final sobre la ejecución del mandato a más tardar el 1 de enero de 2025.».
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
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