Art. 2

Entrada en vigor

En vigor desde 16 jul 2024
Artículo 2 Entrada en vigor 1.   La presente Decisión entrará en vigor el vigésimo día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea. 2.   El artículo 1, punto 2, será de aplicación a partir del 1 de diciembre de 2024.
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