Art. 1

En vigor desde 24 jun 2024
Artículo 1 1.   El anexo II del Acuerdo se sustituye por el texto que figura en el anexo I de la presente Decisión. 2.   Los procedimientos operativos comunes a que se refiere el artículo 3, apartado 6, del Acuerdo figuran en el anexo II de la presente Decisión. Sustituyen a los procedimientos operativos comunes que figuran en el anexo de la Decisión n.o 1/2020. 3.   Las normas técnicas de enlace a que se refiere el artículo 3, apartado 7, del Acuerdo figuran en el anexo III de la presente Decisión. Sustituyen a las normas técnicas de enlace que figuran en el anexo de la Decisión n.o 2/2020
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eli:dec:2024:1873:oj#art-1

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