Art. 1

En vigor desde 17 may 2024
Artículo 1 La Decisión (PESC) 2019/797 se modifica como sigue: 1. El artículo 10 se sustituye por el texto siguiente: «Artículo 10 La presente Decisión será aplicable hasta el 18 de mayo de 2025 y estará sujeta a revisión continua.». 2. El anexo se modifica de conformidad con el anexo de la presente Decisión.
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eli:dec:2024:1391:oj#art-1

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