Art. 1

En vigor desde 13 may 2024
Artículo 1 La Decisión (PESC) 2017/2074 se modifica como sigue: 1) En el artículo 6, se inserta el apartado siguiente: «1 bis.   El apartado 1 no se aplicará a las personas físicas identificadas mediante un asterisco en el anexo.». 2) En el artículo 13, el párrafo primero se sustituye por el texto siguiente: «La presente Decisión será aplicable hasta el 10 de enero de 2025.». 3) El anexo I se modifica de conformidad con el anexo de la presente Decisión.
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eli:dec:2024:1339:oj#art-1

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