Art. 1
Establecimiento, objetivos, alcance y duración
En vigor desde 4 abr 2024
Artículo 1
Establecimiento, objetivos, alcance y duración
1. Se establece una medida de asistencia en favor de Ghana (en lo sucesivo, «beneficiario») que se financiará con cargo al Fondo Europeo de Apoyo a la Paz (FEAP) (en lo sucesivo, «medida de asistencia»).
2. La medida de asistencia tendrá como objetivo mejorar las capacidades de las Fuerzas Armadas de Ghana de proteger la integridad territorial y soberanía de Ghana, así como a su población civil contra las agresiones internas y externas, y de contribuir a la paz y estabilidad de la región.
3. Para alcanzar el objetivo establecido en el apartado 2, la medida de asistencia financiará los tipos de equipos no diseñados para producir efectos letales y servicios siguientes:
a)
equipos médicos;
b)
equipos de ingeniería militar;
c)
actividades educativas específicas en el ámbito de los conocimientos de logística militar;
d)
equipos de inteligencia para defensa;
e)
sistemas de guerra electrónica;
f)
equipos de desactivación de explosivos.
4. La duración de la medida de asistencia será de treinta y seis meses a partir de la fecha de adopción de la presente Decisión.
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
Tus anotaciones
Proeli:dec:2024:1063:oj#art-1