Art. 1
Modificaciones
En vigor desde 12 mar 2024
Artículo 1
Modificaciones
El artículo 3 de la Decisión (UE) 2022/2359 (BCE/2022/42) se modifica como sigue:
1)
El apartado 4 se sustituye por el siguiente:
«4. La decisión de que el responsable del tratamiento de datos limite los derechos de un interesado en virtud del apartado 1 se tomará al nivel del jefe en cuyo departamento se lleve a cabo la actividad de tratamiento principal que afecte a los datos personales. Si la actividad de tratamiento principal la lleva a cabo una función que no forme parte de un departamento, dicha decisión se tomará al nivel del titular de la función.»
;
2)
Se añade el siguiente apartado 5:
«5. A efectos del apartado 4, cuando el jefe del departamento pertinente no esté disponible debido a su ausencia, o tenga un conflicto de intereses real o percibido, o tenga acceso a información confidencial relevante, la decisión de que el responsable del tratamiento de datos limite los derechos de un interesado en virtud del apartado 1 la tomará el subjefe del departamento en el que se lleve a cabo la actividad de tratamiento principal que afecte a los datos personales.
Cuando no haya subjefe adjunto, la decisión la tomará el superior jerárquico competente para ello en caso de ausencia, conflicto de intereses o acceso a la información confidencial relevante del jefe del departamento pertinente.»
.
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
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