Art. 1

En vigor desde 4 mar 2024
Artículo 1 Se añade el apartado siguiente después del artículo 7, apartado 15, del Protocolo 31 del Acuerdo EEE: «16. 32023 R 2418: Reglamento (UE) 2023/2418 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 18 de octubre de 2023, por el que se establece un instrumento para el refuerzo de la industria europea de defensa mediante las adquisiciones en común (EDIRPA) (DO L, 2023/2418, 26.10.2023) A partir del 27 de octubre de 2023, los Estados de la AELC participarán en las actividades de la Unión relativas a las siguientes líneas presupuestarias, consignadas en el presupuesto general de la Unión Europea: — Línea presupuestaria 13 01 04: «Gastos de apoyo al Instrumento de defensa a corto plazo sobre adquisición conjunta». — Línea presupuestaria 13 06 01: «Instrumento de defensa a corto plazo sobre adquisición conjunta» Los gastos derivados de las actividades cuya ejecución comience después del 27 de octubre de 2023 o cuando se hayan cumplido las condiciones del artículo 6, apartado 3, del Reglamento (UE) 2023/2418, después del 24 de febrero de 2022, podrán considerarse subvencionables desde el inicio de la acción indicada en el convenio o las decisiones de subvención de que se trate, con arreglo a las condiciones allí establecidas, a condición de que la Decisión del Comité Mixto N.o …, de … [la presente Decisión], entre en vigor antes del final de la acción. Islandia y Liechtenstein están exentos de participar en el Instrumento establecido mediante el Reglamento (UE) 2023/2418 y de contribuir financieramente a él.».
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