Art. 2
Autorización
En vigor desde 26 ene 2024
Artículo 2
Autorización
Queda renovada la autorización de comercialización de los siguientes productos:
a)
alimentos e ingredientes alimentarios que contengan, estén compuestos o hayan sido producidos a partir de colzas modificadas genéticamente ACS-BNØØ5-8, ACS-BNØØ3-6 y ACS-BNØØ5-8 × ACS-BNØØ3-6;
b)
piensos que contengan, estén compuestos o hayan sido producidos a partir de colzas modificadas genéticamente ACS-BNØØ5-8, ACS-BNØØ3-6 and ACS-BNØØ5-8 × ACS-BNØØ3-6;
c)
productos que contengan o estén compuestos de colzas modificadas genéticamente ACS-BNØØ5-8, ACS-BNØØ3-6 y ACS-BNØØ5-8 × ACS-BNØØ3-6, para usos distintos de los contemplados en las letras a) y b), a excepción del cultivo.
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