Art. 3

En vigor desde 16 ene 2024
Artículo 3 De conformidad con los procedimientos y los requisitos que establece el anexo de la presente Decisión, se autoriza a la Comisión a aprobar, en nombre de la Unión, las modificaciones del Protocolo adoptadas por la Comisión Mixta creada en virtud del artículo 9 del Acuerdo de Colaboración en el sector pesquero entre la Comunidad Europea, por una parte, y la República de Kiribati, por otra.
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