Art. 1
Aplicación de las disposiciones del anterior Acuerdo
En vigor desde 8 dic 2023
Artículo 1
Aplicación de las disposiciones del anterior Acuerdo
Las disposiciones del anterior Acuerdo entre la Comunidad y la KEDO, que expiró el 31 de mayo de 2021, seguirán siendo aplicables en virtud del presente Acuerdo, salvo indicación en contrario prevista en alguno de los artículos siguientes.
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