Art. 4

Entrada en vigor y derogación

En vigor desde 7 dic 2023
Artículo 4 Entrada en vigor y derogación 1.   La presente Decisión entrará en vigor el 1 de enero de 2024. 2.   La Decisión (UE) 2020/139 (BCE/2020/5) se deroga con efectos desde el 1 de enero de 2024. 3.   Las referencias a la Decisión (UE) 2020/139 (BCE/2020/5) se entenderán hechas a la presente Decisión.
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