Art. 1

En vigor desde 21 nov 2023
Artículo 1 1.   Se autoriza a la Comisión Europea y al Alto Representante de la Unión para Asuntos Exteriores y Política de Seguridad (en lo sucesivo, «Alto Representante») a entablar negociaciones con miras a un Acuerdo de Colaboración y Cooperación con la República de Colombia. 2.   Las negociaciones se llevarán a cabo sobre la base de las directrices de negociación del Consejo que figuran en la adenda de la presente Decisión.
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