Art. 1

En vigor desde 15 nov 2023
Artículo 1 Las referencias de las normas armonizadas para la interoperabilidad de los sistemas ferroviarios elaboradas en apoyo de la Directiva (UE) 2016/797, que figuran en el anexo I de la presente Decisión, se publican en el Diario Oficial de la Unión Europea. La referencia que figura en la fila 114 de dicho anexo se publica con restricciones.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli:dec_impl:2023:2584:oj#art-1

Volver a la ficha de la norma
Inicio
Buscar
Mis Consultas
Tienda
Perfil