Art. 1

En vigor desde 25 sept 2023
Artículo 1 En el artículo 5, apartado 1, de la Decisión (UE) 2018/1220, el párrafo primero se sustituye por el texto siguiente: «El consejero principal de la DG BUDG encargado de “Cuestiones financieras y jurídicas, Estado de Derecho, prevención del fraude y EDES” de la Dirección General de Presupuestos será uno de los dos representantes permanentes de la Comisión en la instancia, en aplicación del artículo 143, apartado 2, letra b), del Reglamento (UE, Euratom) 2018/1046. El director general de Presupuestos designará suplente de dicho segundo representante permanente a un funcionario que pertenezca, como mínimo, al grupo de funciones de jefe de unidad o equivalente.».
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eli:dec:2023:2050:oj#art-1

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