Art. 1
Ámbito de aplicación
En vigor desde 28 jun 2023
Artículo 1
Ámbito de aplicación
La presente Decisión se aplica a las normas europeas contempladas en el artículo 4, apartado 1, de la Directiva 2001/95/CE en relación con los siguientes productos:
a)
productos infantiles concebidos para uso infantil;
b)
productos infantiles destinados a facilitar o proteger las funciones de sentarse, dormir, bañarse, el cuidado corporal, la relajación, el transporte y el aprendizaje precoz;
c)
productos infantiles destinados a facilitar la alimentación, la bebida o la succión de los niños;
d)
productos infantiles que ofrecen una o varias de las funciones enumeradas en las letras a), b) y c) y una o varias funciones adicionales;
e)
productos relacionados con productos infantiles, incluidos los siguientes:
i)
productos y accesorios diseñados específicamente para ser utilizados con los productos infantiles a que se refieren las letras a) a d), o en combinación con dichos productos;
ii)
productos que vayan a ser utilizados y montados o instalados por adultos que sean accesibles a un niño o que ofrezcan una función protectora a un niño.
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