Art. 1
En vigor desde 1 jun 2023
Artículo 1
1. Queda aprobado, en nombre de la Unión, el Convenio del Consejo de Europa sobre prevención y lucha contra la violencia contra las mujeres y la violencia doméstica (4) (en lo sucesivo, «Convenio»), en lo que respecta a asuntos relacionados con la cooperación judicial en materia penal y al asilo y a la no devolución, en tanto sean competencia exclusiva de la Unión.
2. La adhesión de la Unión al Convenio se entenderá sin perjuicio de la competencia de los Estados miembros por lo que se refiere a la ratificación del Convenio para los asuntos que sean de su competencia nacional.
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