Art. 1
En vigor desde 15 may 2023
Artículo 1
1. Se autoriza a la Comisión a entablar negociaciones con los Estados Unidos Mexicanos para la celebración de un Acuerdo entre la Unión Europea y los Estados Unidos Mexicanos sobre el intercambio de datos de carácter personal entre la Agencia de la Unión Europea para la Cooperación Policial (Europol) y las autoridades mexicanas competentes en materia de lucha contra la delincuencia grave y el terrorismo.
2. Las negociaciones se llevarán a cabo sobre la base de las directrices de negociación del Consejo que figuran en la adenda de la presente Decisión.
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
Tus anotaciones
Proeli:dec:2023:1011:oj#art-1