Art. 1

En vigor desde 15 may 2023
Artículo 1 1.   Se autoriza a la Comisión a entablar negociaciones con el Estado Plurinacional de Bolivia para un Acuerdo entre la Unión Europea y el Estado Plurinacional de Bolivia sobre el intercambio de datos de carácter personal entre la Agencia de la Unión Europea para la Cooperación Policial (Europol) y las autoridades bolivianas competentes en materia de lucha contra la delincuencia grave y el terrorismo. 2.   Las negociaciones se llevarán a cabo sobre la base de las directrices de negociación del Consejo establecidas en la adenda de la presente Decisión.
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