Art. 3

En vigor desde 19 abr 2023
Artículo 3 El director general de la DG Mercado Interior, Industria, Emprendimiento y Pymes comunicará los nombres de las personas a que se refiere el artículo 1 a la presidencia del Consejo de administración, a la presidencia del Comité presupuestario y al director ejecutivo de la Oficina.
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