Art. 2

En vigor desde 28 feb 2023
Artículo 2 Hungría informará a la Comisión, en los dos meses siguientes a la notificación de la presente Decisión, de las medidas adoptadas para darle cumplimiento.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli:dec:2024:2057:oj#art-2

Volver a la ficha de la norma
Inicio
Buscar
Mis Consultas
Tienda
Perfil