Art. 4

Ejecución

En vigor desde 2 feb 2023
Artículo 4 Ejecución 1.   El Alto Representante será responsable de garantizar la ejecución de la presente Decisión de conformidad con la Decisión (PESC) 2021/509 y con arreglo a las normas para la ejecución de los ingresos y gastos financiados en el marco del FEAP, en consonancia con el marco metodológico integrado para evaluar y determinar las medidas y controles necesarios para las medidas de asistencia en el marco del FEAP. 2.   La EUMAM Ucrania llevará a cabo las actividades a que se refiere el artículo 1, apartado 3, relativas al reembolso y la supervisión de los equipos y suministros no concebidos para producir efectos letales, suministrados por los Estados miembros.
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eli:dec:2023:231:oj#art-4

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