Art. 2
En vigor desde 30 ene 2023
Artículo 2
En el Protocolo 37 del Acuerdo EEE se añade el punto siguiente:
«43.
El Grupo de cooperación [Directiva (UE) 2016/1148 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 6 de julio de 2016, relativa a las medidas destinadas a garantizar un elevado nivel común de seguridad de las redes y sistemas de información en la Unión].».
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
Tus anotaciones
Proeli:dec:2023:271:oj#art-2