Art. 2

En vigor desde 12 ene 2023
Artículo 2 El destinatario de la presente Decisión será el grupo de organizadores de la iniciativa ciudadana denominada «Artículo 4: detener la tortura y el trato inhumano en las fronteras de Europa», representado por D. Marco CIURCINA y D.a Maria Cristina FRANCESCONI, que actúan como personas de contacto.
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