Art. 2
Modificación de la Decisión (UE) 2022/1521 (BCE/2022/30)
En vigor desde 16 dic 2022
Artículo 2
Modificación de la Decisión (UE) 2022/1521 (BCE/2022/30)
En el artículo 2 de la Decisión (UE) 2022/1521 (BCE/2022/30), el apartado 3 se sustituye por el siguiente:
«3. La cuenta específica mantenida en el BCE de acuerdo con el artículo 13, apartado 2, de la Decisión de Ejecución de la Comisión, de 14 de abril de 2021, por la que se establecen los mecanismos necesarios para la administración de las operaciones de empréstito con arreglo a la Decisión (UE, Euratom) 2020/2053 y de las operaciones de préstamo relacionadas con préstamos concedidos de conformidad con el artículo 15 del Reglamento (UE) 2021/241 del Parlamento Europeo y del Consejo (*2), y utilizada a efectos de las reservas cautelares de efectivo relacionadas con el NextGenerationEU (“NGEU”) y con el Instrumento para prestar apoyo a Ucrania en 2023 (ayuda macrofinanciera +), se remunerará al cero por ciento o al tipo de interés a corto plazo del euro (€STR), si este fuera superior, excepto si el importe agregado de los depósitos mantenidos en dicha cuenta específica supera los 20 000 millones EUR, en cuyo caso el importe que exceda se remunerará al tipo de la facilidad de depósito o al tipo a corto plazo del euro (€STR), si este fuera inferior.
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