Art. 1

En vigor desde 23 nov 2022
Artículo 1 La Decisión de Ejecución (UE) 2022/179 se modifica como sigue: 1) El artículo 3 se sustituye por el texto siguiente: «Artículo 3 A más tardar el 30 de junio de 2023, los Estados miembros designarán y pondrán a disposición las bandas de frecuencias de 5 150-5 250 MHz, 5 250-5 350MHz y 5 470-5 725 MHz, sobre una base no exclusiva, para la implantación de las WAS/RLAN de conformidad con las condiciones técnicas establecidas en el anexo.». 2) El anexo se sustituye por el texto del anexo de la presente Decisión.
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eli:dec_impl:2022:2307:oj#art-1

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