Art. 3
En vigor desde 8 nov 2022
Artículo 3
Los créditos que no se hayan comprometido al final del ejercicio de 2022 serán anulados y reembolsados a las Partes de conformidad con los porcentajes establecidos en el anexo V del Tratado constitutivo de la Comunidad del Transporte y las contribuciones reales abonadas.
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