Art. 14

Entrada en vigor y terminación

En vigor desde 17 oct 2022
Artículo 14 Entrada en vigor y terminación 1.   La presente Decisión entrará en vigor el día de su adopción. Será de aplicación hasta transcurridos dos años desde la puesta en marcha de la EUMAM Ucrania. 2.   El CPS llevará a cabo una evaluación estratégica de la EUMAM Ucrania y de su mandato seis meses después de la puesta en marcha de la EUMAM Ucrania. Con tiempo suficiente antes de la expiración de la presente Decisión se llevará a cabo una revisión estratégica de la EUMAM Ucrania. 3.   La presente Decisión quedará derogada a partir de la fecha de cierre de la estructura de mando y control de la UE a que se refiere el artículo 2, apartados 2 y 3, de conformidad con los planes aprobados a efectos de la terminación de la EUMAM Ucrania, y sin perjuicio de los procedimientos relativos a la auditoría y presentación de las cuentas de la EUMAM Ucrania establecidos en la Decisión (PESC) 2021/509.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli:dec:2022:1968:oj#art-14

Volver a la ficha de la norma
Inicio
Buscar
Mis Consultas
Tienda
Perfil