Art. 2
En vigor desde 26 jul 2022
Artículo 2
Cuando las disposiciones de la presente Decisión se apliquen a una autorización de vehículo de cualquiera de las veinte locomotoras a que se refiere el artículo 1, dicha autorización de vehículo será válida hasta el 31 de diciembre de 2023.
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
Tus anotaciones
Proeli:dec_impl:2022:1349:oj#art-2