Art. 1
Representante Especial de la Unión Europea
En vigor desde 18 jul 2022
Artículo 1
La Decisión (PESC) 2020/489 se modifica como sigue:
1)
El artículo 1 se sustituye por el texto siguiente:
«Artículo 1
Representante Especial de la Unión Europea
Se prorroga hasta el 31 de agosto de 2024 el mandato de D. Miroslav LAJČÁK como Representante Especial de la Unión Europea para el Diálogo Belgrado Pristina y otros asuntos regionales de los Balcanes Occidentales (en lo sucesivo, “Representante Especial”). El mandato del Representante Especial podrá terminar antes de esa fecha si así lo decidiera el Consejo, a partir de una evaluación del Comité Político y de Seguridad y a propuesta del Alto Representante de la Unión para Asuntos Exteriores y Política de Seguridad (en lo sucesivo, “Alto Representante”).».
2)
En el artículo 5, apartado 1, se añade el párrafo siguiente:
«El importe de referencia financiera previsto para cubrir los gastos relacionados con el mandato del Representante Especial en el período comprendido entre el 1 de septiembre de 2022 y el 31 de agosto de 2024 será de 3 970 000 EUR.».
3)
En el artículo 13, la segunda frase se sustituye por el texto siguiente:
«El Representante Especial presentará al Consejo, al Alto Representante y a la Comisión informes de situación periódicos y un informe global final sobre la ejecución de su mandato a más tardar el 31 de mayo de 2024.».
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
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