Art. 7

Condiciones detalladas para demostrar el cumplimiento de los criterios establecidos en el artículo 57, apartado 1, del Reglamento (UE) 2021/696

En vigor desde 15 jul 2022
Artículo 7 Condiciones detalladas para demostrar el cumplimiento de los criterios establecidos en el artículo 57, apartado 1, del Reglamento (UE) 2021/696 1.   Los Estados miembros candidatos designarán conjuntamente un Estado miembro que servirá de punto de contacto para la comunicación con la Comisión, tal como se menciona en el artículo 4, apartado 2, y el artículo 5, apartado 2. 2.   La propuesta comprenderá: a) el proyecto de acuerdo de asociación de VSE y toda la documentación enumerada en el anexo III; b) el nombre y los datos de contacto del Estado miembro candidato que haya sido designado con arreglo al apartado 1. 3.   La propuesta y la información a que se refiere el apartado 2, letra b), deberán cumplir las condiciones establecidas en el anexo I.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli:dec_impl:2022:1245:oj#art-7

Volver a la ficha de la norma
Inicio
Buscar
Mis Consultas
Tienda
Perfil