Art. 1

En vigor desde 27 jun 2022
Artículo 1 Se autoriza la firma, en nombre de la Unión, del Acuerdo entre la Unión Europea, por una parte, y Nueva Zelanda, por otra, sobre el intercambio de datos de carácter personal entre la Agencia de la Unión Europea para la Cooperación Policial (Europol) y las autoridades de Nueva Zelanda competentes en materia de lucha contra la delincuencia grave y el terrorismo (en lo sucesivo, «Acuerdo»), a reserva de la celebración de dicho Acuerdo (3).
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