Art. 1

En vigor desde 13 jun 2022
Artículo 1 La posición que ha de adoptarse, en nombre de la Unión, en la 14.a sesión de la CET del COTIF, en lo que respecta a las modificaciones de la UTP ATM y de la revisión del anexo B de las Reglas uniformes ATMF con respecto a las excepciones a la aplicación de las UTP, será la siguiente: 1) votar a favor de la propuesta de la CET de actualizar la UTP ATM (documento de trabajo de la CET «TECH-22004-CTE14»); 2) votar a favor de la propuesta de la CET de actualizar el anexo B de las Reglas uniformes ATMF en lo que respecta a las excepciones a la aplicación de las UTP (documento de trabajo de la CET «TECH-22005-CTE14»).
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eli:dec:2022:936:oj#art-1

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